BASES PROGRAMA RECONOCIMIENTO SELLO BEESAFE
La creciente necesidad de mejorar nuestros programas fitosanitarios tomando en consideración aspectos integrales que engloban la producción agrícola, implica que actualmente exista un especial interés en utilizar herramientas que presenten menor impacto negativo sobre la biodiversidad, menor perfil de riesgo toxicológico, entre otros. Pese a este interés, existe una brecha de conocimiento respecto a las prácticas que favorecen una mayor seguridad respecto a disminuir los impactos negativos de las aplicaciones de fitosanitarios, entendiendo la necesidad de mantener su uso en la producción agrícola nacional.
En este contexto, el objetivo del Sello BeeSafe es promover la elección de herramientas que posean menor impacto sobre poblaciones de polinizadores e insectos benéficos tales como enemigos naturales de plagas, apoyando y resaltando las propiedades de dichos productos en el portal plaguicidasagricolas.cl y textos técnicos de difusión. En el corto plazo busca también apoyar instituciones que se enfoquen en promover la conservación de la biodiversidad, y generar, en el mediano plazo, un programa de capacitación de usuarios en prácticas que se enfoquen en estos aspectos.

¿Cómo postular?
Se invitará a distintas empresas agroquímicas a participar como sponsors o patrocinadores del programa, lo que les permitirá postular productos fitosanitarios a la evaluación de sus perfiles eco toxicológicos por parte de un panel experto. La organización se reserva el derecho de admisión de postulaciones e invitaciones a empresas acorde a capacidad del panel evaluador.
¿Qué se solicita?
Sólo se admitirán postulaciones de productos fitosanitarios (insecticidas, fungicidas, coadyuvantes u otros) que se encuentren debidamente registrados frente a la autoridad competente, y que sean recomendados por la empresa postulante o representante para los fines en que se ha registrado. A fin de promover una competencia justa, los productos serán evaluados en el contexto en que son utilizados (productos autorizados para su uso en agricultura orgánica; convencional) (momento de aplicación, vía).
La información que se evaluará será aquella disponible en publicaciones científicas o información de conocimiento público, ya sea respecto al ingrediente activo, formulación, modo de aplicación u otros que resulten relevantes. No se pedirá en ningún caso acceso a información confidencial o dossiers de registros. Acorde a la información solicitada por la autoridad competente durante los procesos de registros locales y a la falta de información de bioequivalencia en la normativa nacional, la selección de productos y el manejo de la información de promoción de su uso sólo se hará para productos comerciales, bajo la marca comercial evaluada.
Sólo en caso de existir información contradictoria, el jurado podrá realizar pruebas de CL90 sobre especies tipo (abejas, enemigos naturales) que puedan ser de interés, lo que será informado al participante y conducido bajo aprobación de ambas partes.
